Los principios de inmediación y tutela judicial efectiva en los procesos por ejecución de regímenes de comunicación a la luz del nuevo Código Civil y Comercial. La necesaria adecuación de la legislación procesal.
1 enero, 2015
Debe adecuarse la legislación procesal de tal modo que resulte para el juez obligatorio oír a los progenitores y al niño, niña o adolescente, fijando audiencia de conciliación con carácter previo al despacho del mandamiento de ejecución del régimen de comunicación entre padres e hijos no convivientes, y determinar-en tal caso- el procedimiento a seguir. El esquema ejecutivo clásico, contenido en las diversas normas procesales, resulta actualmente inadecuado e ineficaz en aquellos procesos por los
cuales se reclama el cumplimiento de un régimen de comunicación, ya sea fijado por el juez o acordado por las partes.