Procesos por audiencias en el fuero civil y comercial. El rol de las nuevas oficinas judiciales de apoyo jurisdiccional
La normativa procesal reformada por sí misma no es suficiente para instaurar en forma exitosa los procesos por audiencias, sino que se requieren además cambios actitudinales, y de profunda convicción tanto desde la magistratura como desde los abogados. En el caso de los magistrados, las decisiones debieran ser tomadas en base a lo expuesto por los litigantes en audiencia en forma inmediata, oral y pública de modo que se garantice la transparencia y la comprensión de lo actuado por todos los asistentes. Por su parte, los abogados se encuentran obligados a desarrollar nuevas destrezas en la litigación oral, lo cual incluye la preparación de las audiencias desde la perspectiva de la teoría del caso. Finalmente, y en lo que hace a esta propuesta, se requiere además modificaciones en la organización de los juzgados a fin de dar sustento material a la celebración eficiente y efectiva de las audiencias pues ningún resultado distinto puede obtenerse manteniendo organizaciones judiciales obsoletas que hasta hoy funcionan con miras a la formación de expedientes. Es aquí donde irrumpe en escena la noción de “gestión” y comienzan a tomar forma las Oficinas Judiciales de Apoyo Jurisdiccional como herramienta transformadora.