Ejecución colectiva en acciones de clase en materia de consumo: ¿Qué hacer con los fondos remanentes?
1 enero, 2024
A pesar de contar con un mecanismo establecido por ley (Art. 54 Ley 24.240) que otorga al juez la facultad y el deber de asignar un destino a las sumas de dinero que no han podido ser distribuidas individualmente a los miembros de la clase, en el marco de la ejecución de una sentencia en un proceso colectivo de consumo, existen distintas alternativas interesantes que merecen ser tenidas en cuenta para el momento en que se debata y adopte una legislación –por demás necesaria- en materia de acciones colectivas.