¿Es la mediación obligatoria en Argentina un instrumento de acceso a la justicia?
El presente trabajo busca analizar críticamente uno de los principales fundamentos con los que modernamente se auspicia la
mediación prejudicial e intrajudicial obligatoria en nuestro medio, al considerársela como un instrumento de “acceso a la justicia”. Si bien se comparte la idea de que no es únicamente en el Poder Judicial donde pueden encontrarse respuestas para la
restauración de desigualdades o para la vigencia efectiva de los derechos conculcados, se cuestiona la tendencia de considerar que el régimen vigente de mediación obligatoria pueda ser considerado un mecanismo de “acceso a la justicia”, cuando descuida metas fundamentales de todo instrumento que tenga dicha finalidad. Se sostiene que la mediación tiene ventajas en sí mismas suficientes para ser promocionada como mecanismo valioso de solución de conflictos, sin necesidad de afirmar que se trate de un mecanismo de acceso a la justicia.