Tutela de evidencia preventiva del daño procesal en la via incidental y recursiva
1 enero, 2019
Se propone aplicar las nociones de jurisdicción preventiva del nuevo CCC ley 26994, evitar el daño por el desenvolvimiento del propio proceso con error, especialmente el tiempo de espera, y ante casos de evidencia contraria a lo resuelto en incidente o decisorios recurridos que no sean el principal, cambiar el efecto o estado de cosas, con fianza, sin descuidar por ello las finalidades propias de cada instituto. Analizar si esas ideas aplicadas generalmente a pretensiones principales pueden ser útiles para resolver cuestiones procesales, y lograr ahora, lo que procesalmente llegaría luego implicando esa dilación grave daño.-