Sobre la necesaria obligatoriedad de determinados fallos judiciales. Acerca de los dictados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación
1 enero, 2015
Se dicten como conclusiones: 1) Los ordenamientos procesales deben contener un sistema para la unificación de la jurisprudencia contradictoria y una vía procesal idónea para que el justiciable pueda instar a tal unificación; y 2) Los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no gozan de obligatoriedad, salvo que una ley así lo disponga expresamente.