Oralidad y oficiosidad: su convivencia con el principio dispositivo y la búsqueda de la verdad
1 enero, 2019
A la luz de la reforma surgen interrogantes sobre las facultades que el juez y las partes tendrán en el nuevo proceso. No porque la reforma genere per se facultades nuevas, pero su nuevo ámbito habitual de actuación, esto es la oralidad, dinamizará de un modo significativo la actividad de todos los actores, generando así nuevos desafíos que sólo podrán ser bien sorteados si las reglas del juego están claras para todas las partes.