Sistema adversarial u sistema oficioso
Se propone concebir al proceso judicial, en un estado de derecho, como la síntesis de dos conceptos: “libertad” y “autoridad”.- La adecuada armonización de estos principios, torna inconducente cualquier polémica sobre los sistemas “adversarial” u “oficioso”.- En su lugar, se pone a consideración de esta comisión la siguiente tesis: El proceso es un conjunto de enunciados performativos (en los que decir algo es, al mismo tiempo, hacer algo), que realizan las personas que intervienen en el mismo (en calidad de sujetos esenciales o de terceros).- Dentro del marco conceptual propuesto, la ponencia demuestra que el impulso de oficio del trámite y el reconocimiento de poderes de instrucción a los jueces, de ningún modo afectan las garantías constitucionales de los justiciables y no perjudica la imparcialidad de los magistrados.-